¿Hay que hacer la declaración de la renta de un familiar fallecido en 2021?

- La campaña de la renta termina el 30 de junio y es momento de resolver las típicas dudas que surgen en estas fechas.
- ¿Es obligatorio hacer la declaración de la renta de un familiar fallecido en 2021? Esta es una de las preguntas más habituales.
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La declaración de la renta se puede presentar hasta el 30 de junio. A lo largo de estas semanas es habitual que surjan dudas sobre ciertos procesos y situaciones.
Una cuestión que se preguntan muchos contribuyentes en estos momentos es si resulta obligatorio presentar la declaración de la renta de un familiar fallecido el año pasado.
Aunque la persona haya fallecido, lo cierto es que pueden quedar ciertos detalles a resolver con Hacienda, y depende de algunos factores que haya que ajustar o no cuentas con el fisco.
A continuación, se detalla todo lo que debes saber sobre la declaración de la renta de un familiar fallecido: en qué situaciones se presenta, quiénes están obligados a hacerlo y qué ocurre si el resultado sale a devolver.
En qué casos se presenta la renta de un fallecido
No siempre es necesario hacer la declaración de IRPF de un fallecido. La obligatoriedad se marca según los importes máximos y mínimos que establece Hacienda.
Si el fallecido obtuvo 22.000 euros en 2021 por rendimientos del trabajo de un solo pagador será necesario presentar la renta. En caso de tener 2 pagadores, el límite es de 14.000 euros al año.
Lo mismo ocurre si recibió rendimientos de capital por valor de 1.600 euros anuales.
Si estaba obligado a hacer la renta y los familiares no lo hacen pueden enfrentarse a una multa por parte de Hacienda.
Quién tiene que hacer la declaración de la renta de un familiar fallecido
Esta es una de las preguntas más habituales cuando un familiar fallece y quedan obligaciones tributarias por resolver.
Los encargados de llevar a cabo esta responsabilidad son sus herederos. Es decir, suelen ser siempre los hijos, el cónyuge o familiares más directos.
El resto de personas más allegadas no tiene por qué preocuparse por este asunto.
Cómo se hace la renta en estos casos
Lo habitual es que se haga a través de la modalidad individual, aunque en caso de que el fallecido formase parte de una unidad familiar podrá optarse por la declaración conjunta.
Mucho ojo, porque al ser una persona que ya no está será imposible utilizar el certificado digital o DNI electrónico para proceder a la identificación.
La presentación ha de hacerse a través del servicio RENO,presentando el DNI del fallecido y la casilla 505 de la última renta.
La otra posibilidad disponible es acudiendo de forma presencial a una oficina de Hacienda. Los herederos tendrán que pedir cita en nombre del fallecido.
Cómo se cobra la renta si el resultado es a devolver
Si el resultado de la renta es favorable, o lo que es lo mismo, sale a devolver, es importante que sepas cómo se cobra dicha cantidad de dinero.
Serán los herederos que han presentado la declaración aquellos que van a cobrar el importe, y tendrán que hacerlo a través de los medios que ofrecerá Hacienda en la propia declaración.
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