Así afectará a Deliveroo, Uber Eats o Amazon la sentencia del Supremo contra Glovo por el uso de falsos autónomos como riders

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Un 'rider' de Glovo y otro de Uber Eats caminan por una calle principal de Kiev.
  • El Tribunal Supremo ha dado esta semana la razón a los riders de Glovo y ha dictado una sentencia en la que afirma que "la relación existente entre un repartidor y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral".
  • Este fallo establece que los repartidores de la aplicación son asalariados y, por tanto, están trabajando como falsos autónomos, pese a que el cofundador de la compañía, Sacha Michaud, había defendido que su modelo de gig economy no era laboral y era beneficioso para el trabajador.
  • Esta situación también se da en otras compañías como Deliveroo, Uber Eats o Amazon, que son desde el año pasado el objetivo del Plan de Choque institucional para frenar el uso de contratos temporales o parciales irregulares.
  • Mientras, su rival Just Eat, que lidera el sector de la comida a domicilio, abandonó el modelo de falsos autónomos para contratar como asalariados a sus repartidores y ha criticado la precariedad laboral que generan sus competidores.
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Mientras el Ministerio de Trabajo y Economía Social prepara la regulación sobre la situación laboral de los riders en las plataformas digitales de reparto a domicilio, que se presentará en los próximos días, según la ministra Yolanda Díaz, la última sentencia del Tribunal Supremo sobre este tema vuelve a definir a los repartidores de las empresas de delivery como falsos autónomos.

Esta semana, el Alto Tribunal ha fallado a favor de un repartidor de Glovo en Madrid, asegurando en su sentencia que los riders de la aplicación son asalariados, pese a las objecciones del cofundador de la compañía, Sacha Michaiud y, por tanto, ha determinado que "la relación existente entre un repartidor y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral", por lo que considera que sus riders están trabajando como falsos autónomos. 

Leer más: Nuevo golpe a las apps de comida a domicilio como Glovo o Deliveroo: los inspectores de Trabajo denuncian que emplean a más de 8.000 falsos autónomos

De este modo, la nota del Supremo determina que Glovo no actúa como intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino como parte integrante del proceso y empleadora de los riders. Esta sentencia, que todavía no se ha publicado al completo, es el punto culminante de un largo proceso legal.

Sentencias para todos los gustos antes del fallo del Supremo

De hecho, se han producido varios fallos a favor de ambas partes en los tribunales de instancias inferiores. En 2018, una sentencia del juzgado número 6 de Valencia determinó que los trabajadores de Deliveroo no trabajan por cuenta propia sino que mantienen una relación laboral, mientras que otra de un juzgado de primera instancia de Madrid determinaba justo lo contrario.

Ya en 2019, un tribunal de lo social de Oviedo, otro de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid fallaron en el mismo sentido contra Glovo, mientras que Deliveroo recibió su mayor sentencia colectiva y fue obligado a contratar a 97 riders, aunque en la mayoría de los casos las empresas han recurrido estas sentencias.

De hecho, como aseguraba Glovo tras conocer esta pasada semana la sentencia del Supremo, las empresas de delivery critican que su modelo es el mejor para los repartidores y aseguran que no existe un marco legal que se adapte para sus servicios. Así, la aplicación reclamaba desde su cuenta de Twitter que las autoridades españolas y comunitarias "un marco regulatorio adecuado".

Consecuencias para Glovo y (casi) todos sus competidores

Pese a que el fallo del Tribunal Supremo se refiere a Glovo, las consecuencias de esta sentencia podrían abarcar también a varias de sus competidoras, como Deliveroo o Uber Eats, y a la plataforma de comercio electrónico Amazon, que son desde el año pasado el objetivo del Plan de Choque institucional de la Inspección de Trabajo para frenar el uso de contratos temporales o parciales irregulares.

De hecho, las autoridades llevan tiempo detrás de la gig economy para evitar que imponga condiciones ilegales a sus empleados, dado que, durante el primer año de vigencia del plan de choque contra la explotación laboral, la Inspección de Trabajo hizo aflorar más de 32.000 falsos autónomos, de los que más de 8.000 corresponden a apps de comida a domicilio como Glovo o Deliveroo.

Además, la sentencia del Supremo sienta jurisprudencia para los demás procesos y recursos abiertos sobre las condiciones laborales de los repartidores en las plataformas online de comida a domicilio, aunque solo sentará precedente hasta que entre en vigor la normativa sobre riders que prepara el Ministerio de Trabajo y que, previsiblemente, seguirá la doctrina marcada por el Alto Tribunal.

Ante el rechazo gubernamental a su modelo laboral, las plataformas de comida a domicilio han defendido que su actividad aportó 708 millones al PIB español en 2019, lo que supone un 0,06% del total, y que sus repartidores ingresan de media más de 300 euros a la semana y 17.000 euros brutos al año, según un estudio de la patronal Adigital, que apoya el modelo laboral de las aplicaciones de delivery

Sin embargo, otros estudios ponen en tela de juicio el régimen laboral de estas aplicaciones. Así, UGT denunciaba en 2019 que el uso de falsos autónomos en plataformas como Glovo, Deliveroo y Uber Eats restaba 76,8 millones de euros al año a la recaudación de la Seguridad Socialles permitía dejar de pagar 168 millones de euros entre sueldos y cotizaciones.

En 2020, el mismo estudio sitúa la caída de la recaudación por los falsos autónomos en 72 millones, aunque añadiendo que estas empresas acumulan una deuda de 20 millones de euros con Inspección de Trabajo, tras varios expedientes que han dado de alta de oficio y con retroactividad a algunos de los repartidores, segúnEl Independiente.

Mientras, algunos expertos, como el catedrático de Estructura Económica de la Universidad Ramon Llull de Barcelona Santiago Niño-Becerra, han advertido de que los costes que suponga la aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo podrían acabar pagándolos los propios clientes de las plataformas de delivery.

Just Eat defiende que es posible contratar a los riders

Mientras, la excepción en el sector de las plataformas de comida a domicilio es Just Eat, que lidera el sector en España y ha generado beneficios desde 2017, a diferencia de las pérdidas recurrentes de sus competidoras. De este modo, la aplicación contrata en España a empresas de reparto a las que les exige dar de alta en la Seguridad Social a sus empleados, como ha asegurado su director en España, Patrick Bergareche.

Bergareche ha criticado la precariedad laboral que generan sus competidores y ha defendido la intención del Gobierno de legislar sobre el marco de contratación de los riders, señalando que "el sector tiene que encuadrarse dentro de un marco legal que garantice una seguridad jurídica para que todos operemos bajo las mismas obligaciones y no se generen desventajas competitivas", como recogeEl Economista.

Además, el director de Just Eat en España ha señalado que pagar las cotizaciones a la Seguridad Social les supone "un 35% más de gastos que la competencia" y ha insistido en marcar diferencias con sus rivales para evitar que la reputación de su marca se vea perjudicada al considerarla dentro del mismo saco que las aplicaciones que no contratan a sus repartidores, segúnABC.

Just Eat sí ha hecho uso de trabajadores de la gig economy en el resto de Europa, aunque el mes pasado Jitse Groen, el CEO de la compañíadesde su fusión con la compañía holandesa Takeaway.com, se ha comprometido a dejar de usar este modelo laboral en toda Europa, señalando que "queremos estar seguros de que tienen beneficios, de que pagamos impuestos a esos trabajadores", en declaraciones a BBC.

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